Logros del Partido Verde Guerrero

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Se crea la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Guerrero (SEMAREN)


Que con fecha 4 de junio del 2003, el Diputado Marco Antonio de la Mora Torreblanca, representante del Partido Verde Ecologista de México integrante de la Quincuagésima Séptima Legislatura al Honorable Congreso del Estado, presentó al Honorable Congreso la iniciativa de Decreto por la que se crea la Secretaria de Medio Ambiente de Guerrero.

El 27 de abril de 2004, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado la integración como dependencia de la Administración Pública Estatal, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado (SEMAREN).

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado (SEMAREN), tiene a su cargo el regular, fomentar, conducir y evaluar la política estatal en materia de manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y protección al ambiente, así como llevar a cabo las acciones necesarias para una gestión o administración ambiental en el Estado.

Se crea la Ley número 593 de Aprovechamiento y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Guerrero


En Abril de 2007, se Crea la ley Número 593 de Aprovechamiento y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Guerrero, que tiene por objeto el aprovechamiento y la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como la prevención de la contaminación y remediación de suelos contaminados con residuos en toda la entidad, propuesta por nuestro compañero diputado Alejandro Carabias.

Un aspecto central en el espíritu de esta iniciativa de ley, es buscar cambiar la concepción histórica que se tiene de los residuos sólidos de un problema a resolver, hacia un enfoque que reconozca a los residuos sólidos como una fuente de riqueza y oportunidad para ser aprovechados, contribuyendo a la economía y a la generación de empleo, así como a la conservación y aprovechamiento racional de los recursos naturales y el medio ambiente.

Así pues, la iniciativa enfatiza la necesidad de que el estado y los municipios se orienten hacia el aprovechamiento de los residuos, que reconozcan el potencial económico que representan los residuos, la posibilidad de desarrollo de un nuevo sector de la economía que genere empleos, la posibilidad de reducir los impactos al medio ambiente y la sobre explotación de recursos naturales vírgenes a través del re uso y el reciclaje de materiales, y el aprovechamiento de subproductos como los gases de descomposición de residuos orgánicos para la generación de energía por ejemplo.

http://i.guerrero.gob.mx/uploads/2008/06/L593AGIREG-2.pdf

Se crea la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable


Se considera oportuno que el Estado cuente con una Ley para el Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Guerrero, toda vez que el artículo 31 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero número 433, señala que le corresponde a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado regular, formular, conducir y evaluar la política estatal y protección al ambiente, y llevar a cabo las acciones necesarias para una gestión o administración ambiental en el Estado, así como elaborar y proponer al Ejecutivo del Estado, las iniciativas y reformas a las leyes y reglamentos para lograr el equilibrio ecológico y protección al ambiente en la Entidad.

Que se puede constatar que la expedición de la presente Ley, contiene disposiciones generales que permitirán ejercer la transferencia de funciones de la Federación al Estado y a los Municipios, así como a los núcleos agrarios en materia forestal y con ello quedan establecidas responsabilidades públicas y sociales en la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales y los elementos que los conforman dentro del estado de Guerrero y sus Municipios.

Algunos de los objetivos de esta ley son:

  • Respetar y fomentar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan los propietarios y poseedores de los mismos de acuerdo con la legislación vigente en materia ambiental y agraria.
  • Regular la protección, conservación y restauración de los ecosistemas forestales del Estado en coordinación con la Federación y los Municipios, así como el ordenamiento y el manejo forestal.
  • Recuperar selvas y bosques así como desarrollar, plantaciones forestales en terrenos preferentemente forestales, para que cumplan con la función de conservar los recursos suelo y agua, además de dinamizar el desarrollo rural.
  • Regular el uso, manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables.
  • Participar en la prevención, combate y control de incendios, plagas y enfermedades forestales, en coordinación con la Federación, Municipios y poseedores y/o propietarios de los recursos forestales.
  • Promover acciones con fines de conservación y restauración de suelos forestales.

http://legismex.mty.itesm.mx/estados/ley-gro/GRO-L-DesForSust2008_02.pdf

Se crea la nueva Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Guerrero


Con la finalidad de modernizar la legislación ambiental en el Estado, en Octubre de 2008, se aprueba la nueva Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Guerrero, la cual tiene como objetivo asegurar la preservación, restauración y el mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales en la entidad, propuesta por nuestro compañero diputado Alejandro Carabias.

Considerando que es imperativa la modernización del marco jurídico de la Administración Pública del Estado, como una constante en el ejercicio de la función de Gobierno, priorizando la revisión, racionalización y funcionalidad de la estructura orgánica y administrativa, así como de las funciones y atribuciones de las mismas bajo los principios de racionalidad y austeridad del gasto público, resulta necesario la abrogación de la actual Ley del Equilibrio Ecológico, procurando que el Estado de Guerrero, cuente con una ley ambiental adaptada a los tiempos actuales.

En este sentido, esta iniciativa de Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas para coadyuvar en el ámbito de su competencia, la satisfacción del derecho constitucional de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, así como asegurar la preservación, restauración y el mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.

Por ello Guerrero cuenta con Áreas Naturales Protegidas como:

  • El Parque Estatal “El Limón”, en Zihuatanejo.
  • La Reserva Natural “El Nanchal”, en Chilpancingo.
  • La Reserva Estatal “Los Olivos”, en Chilpancingo.
  • La Reserva Estatal “Palos Grandes”, en Huitzuco de los Figueroa.
  • El Parque Estatal “Bicentenario”, en Acapulco.
  • El Parque Nacional “EL Veladero” en Acapulco.
  • La Reserva Estatal “El Pericón” en Huitzuco de los Figueroa.

La prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo es muy importante en nuestro Estado y es uno de los objetivos principales que obliga dicha ley.

http://i.guerrero.gob.mx/uploads/2009/03/L878EEPAEG-2.pdf

Se crea la Ley Número 787 de Vida Silvestre para el Estado de Guerrero


En Junio de 2011, se aprobó la Ley Número 787 de Vida Silvestre para el Estado de Guerrero y tiene por objeto, la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en los municipios que conforman el territorio estatal, presentada por nuestro compañero diputado Eddie Palacios.

La vida silvestre como parte importante de nuestros recursos naturales tiene gran valor ecológico, recreativo, cultural, estético, económico y científico, los cuales queremos que prevalezcan para bienestar de nuestro Estado. En este sentido reconocemos el gran valor que tiene la conservación y el sabio aprovechamiento de la vida silvestre para nuestra sociedad.

Gracias a la creación de esta ley, queda estrictamente prohibida la caza de cualquier especie animal silvestre en el Estado de Guerrero a excepción de la que se efectué en aquellos cotos de caza que las autoridades fijen para fines deportivos, conforme a las leyes y reglamentos aplicables.

Ninguna persona podrá cazar, capturar, agredir, poseer, transportar, exhibir, vender o comprar especímenes o artículos fabricados con productos o subproductos de especies vedadas y en peligro de extinción de la fauna silvestre. Los territorios vedados permanentemente a la cacería son aquellos que se encuentran comprendidos dentro del sistema nacional de áreas naturales protegidas. Algunos de los animales prohibidos de caza son: la Iguana, La Tortuga, el Jaguar, el Tejón, el Venado, el armadillo, entre otros

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Gracias a esta ley ningún ejemplar de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial, incluyendo sus partes y derivados.

En congruencia a la Ley General, tratándose de los manglares, queda prohibida la remoción, relleno, transplante, poda, o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico de estos; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos.

http://i.guerrero.gob.mx/uploads/2011/10/L787VIDASILVEG-1.pdf

Se crea la nueva Ley de Bienestar Animal


En Julio de 2014, se aprobó la nueva Ley Número 491 de Bienestar Animal del Estado de Guerrero. El objeto de esta Ley es proteger a los animales, garantizando su bienestar, prohibiendo el maltrato hacia ellos en todo el Estado de Guerrero, propuesta por nuestro compañero diputado Alejandro Carabias.

Esta Ley prohíbe las corridas de toros en todo el territorio estatal, así como la tracción animal en zonas urbanas como el caso de las calandrias en Acapulco y Zihuatanejo, entre otros.

http://i.administracion20142015.guerrero.gob.mx/uploads/2015/02/L491BIEANIMALEG1.pdf

Se crea la Ley de Cambio Climático para Guerrero


En julio de 2015, se aprobó la Ley Número 845 de Cambio Climático del Estado de Guerrero. La cual tiene como objetivo, regular, fomentar, posibilitar y ordenar políticas públicas orientadas hacia la implementación de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en el Estado, propuesta por nuestro compañero diputado Alejandro Carabias.

http://i.administracion20142015.guerrero.gob.mx/uploads/2015/09/L845CCLIMATICOEG.pdf
 

Otros logros importantes del Partido Verde Ecologista en Guerrero


Logros del PVEM en la nueva Constitución Política del Estado de Guerrero

Logramos incluir en la nueva Constitución Política del Estado de Guerrero el artículo 2 que dicta “El Estado promoverá el respeto a la vida en todas sus manifestaciones”.

Así mismo logramos incluir en dicha Constitución en el Artículo 6, apartado VI, que “Toda persona tiene derecho de acceder al Agua

En el Artículo 6, apartado VII, se logró incluir que “Toda persona tiene derecho a un Medio Ambiente Sano para su bienestar”.

En el Artículo 19, apartado V de la nueva Constitución de Guerrero, logramos incluir que, “Los ciudadanos tienen la obligación de participar y coadyuvar en la protección, defensa y conservación del Medio Ambiente y los Recursos Naturales”.

Logramos incluir en la nueva Constitución de Guerrero en el artículo 178, apartado XVIII, inciso (a), que “Los planes de Desarrollo Urbano de los Ayuntamientos, tomarán como base, lo que establezcan los POET y los Atlas de Riesgo”.

20-oct-15

SE CREA LA LEY PARA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA DEL ESTADO DE GUERRERO, propuesta por nuestro compañero Diputado Eduardo Cueva.

23-jun-16 (LEY ANTIPOPOTES)

Se reforma la Ley Número 878 De Equilibrio Ecológico Y Protección Al Ambiente Del Estado De Guerrero, para hacer un uso responsable de los popotes y bolsas de plástico. “Los popotes y bolsas de plástico biodegradables, serán otorgados en establecimientos, únicamente a petición expresa del consumidor”, propuesta por nuestro compañero Diputado Eduardo Cueva.

2-jul-16

SE CREA LA LEY PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO Y LA VIOLENCIA DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUERRERO, propuesta por nuestro compañero Diputado Eduardo Cueva.

14-jul-16

INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN X AL ARTÍCULO 6 NUMERAL 1 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUERRERO, donde se establece el Derecho al acceso a Internet para todos los Guerrerenses, propuesta por nuestro compañero Diputado Eduardo Cueva.

19-jul-16

SE CREA LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LAS ADICCIONES DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUERRERO, propuesta por nuestro compañero Diputado Eduardo Cueva.